II
DECISIÓN
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO EN LO CIVIL, MERCANTIL, BANCARIO Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: ÚNICO: PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso procesal de apelación interpuesto por la parte demandada, sociedad de comercio GRUPO 8284 C.A.; SEGUNDO: SE MODIFICA la sentencia dictada en fecha 7 de mayo de 2021 por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo; TERCERO: SE ORDENA al Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo ADMITIR la reconvención propuesta por la sociedad de comercio GRUPO 8284 C.A., sólo en lo que respecta al ciudadanos PEDRO JOSÉ VARELA MILOS; CUARTO: LA FALTA DE CUALIDAD del ciudadano PATRICIO SOSA GATICA para.....