Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante, ciudadano JESÚS ANTONIO HUÉRFANO SARMIENTO; SEGUNDO: SE REVOCA la decisión dictada en fecha 12 de junio de 2017, por el Juzgado Cuarto De Municipio Ordinario Y Ejecutor De Medidas De Los Municipios Guacara, San Joaquín Y Diego Ibarra De La Circunscripción Judicial Del Estado Carabobo; TERCERO: SE ORDENA al Juzgado Cuarto De Municipio Ordinario Y Ejecutor De Medidas De Los Municipios Guacara, San Joaquín Y Diego Ibarra De La Circunscripción Judicial Del Estado, analizar los presupuestos de admisión de la demanda interpuesta conforme al artículos 341 del Código de Procedimiento Civil.
No hay condenatoria en .....