Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO EN LO CIVIL, MERCANTIL, BANCARIO Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso procesal de apelación interpuesto por el co-demandante SIDONIO FERREIRA GOMES; SEGUNDO: SE CONFIRMA la sentencia dictada en fecha 16 de diciembre de 2020 por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, que ordenó la reposición de la causa a los fines de subsanar la omisión de notificación del Ministerio Público.
Se condena en costas procesales al co-demandante SIDONIO FERREIRA GOMES por haber resultado confirmada la decisión recurrida, en atención al artículo 281 del Código de Procedimiento Civil.