PRIMERO: SIN LUGAR el recurso procesal de apelación ejercido por el abogado Carlos César Quintero, quien procede como apoderado de la parte actora en contra de la decisión dictada el 05 de agosto de 2005 por la Jueza Unipersonal N° 3 de la Sala N° 1 del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo; SEGUNDO: SE CONFIRMA en todas y cada una de sus partes la decisión apelada, en atención a los razonamientos contenidos en esta decisión.
Se condena en COSTAS a la parte actora de conformidad con lo previsto en el artículo 281 del Código de Procedimiento Civil, por haber resultado vencida en el presente fallo.