CAPÍTULO VI
DISPOSITIVA
En virtud de lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Juicio Mixto N° 1, de manera unánime, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: Primero: CULPABLE al ciudadano Pablo Emilio Diaz, venezolano, de 50 años de edad, Oficio obrero, titular de la cédula de identidad N° V-4.930.955, hijo de José de Jesús Díaz Y Carmen Eulocia Salas y residenciado en la Calle Cedeño Casa N° 14 Al lado de la Ferretería Los Cantores de Barinas, Estado Barinas, de la comisión del delito de Homicidio Intencional Simple, previsto y sancionado en el artículo 407 del Código Penal Vigente, en perjuicio de la víctima, ciudadano Juan Antonio Peraza Pérez y en consecuencia, lo CONDENA a cumplir la pena de DOCE (12) AÑOS DE PRESIDIO, en el Internado Judicial de la Ciudad de Barinas o donde el Tribunal de Ejecución al cual le corresponda conocer asigne, y hasta la fecha aproximada del VEINTIDÓS (22) DE NOVIEMBRE DE 2.....