DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, este Tribunal de Primera Instancia en Función de Juicio N° 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: Se NIEGA LA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA, solicitada por la defensa Abg. Lucio Casanova, a favor del Acusado CLEIVER ALCIDES JIMENEZ BRIZUELA, venezolano, natural de Barinas, Municipio Barinas, Estado Barinas, Titular de la Cédula de Identidad N° V-12.647.576, POR IMPROCEDENTE, por las motivaciones antes dadas. Notifíquese a las partes de la decisión.