DECISIÓN
Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Juicio Unipersonal N° 1, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, PRIMERO: Entrega en este acto al ciudadano VICENZO CATANZARO MICELI un cheque correspondiente a la Cuenta Corriente Nro. 0108-0106-15-0100041460, numero de cheque 00006494, de la cuenta a nombre de Virginia del Valle Reyes Reyes, por la cantidad de CINCO MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 5.000.000,00), correspondiente al restante pago de la obligación contraída por el querellado Cesar A. Reyes Reyes y que fuera presentado por su apoderado judicial Abg. Luís Rodolfo Campos. SEGUNDO: En razón del desistimiento que realiza por la parte querellante declara Extinguida la Acción Penal, de conformidad con lo establecido en el Art. 48 Numeral 3° del Código Orgánico Procesal Penal, y el Sobreseimiento de la presente causa de conformidad con lo establecido en el Art. 318 Numeral 3° Ejusdem.