DISPOSITIVA
En virtud de lo anteriormente expuesto, este Tribunal Unipersonal de Juicio N° 01, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: CONDENA al acusado: ELIO CECILIO GONZALEZ PINO, venezolano, titular de cédula de identidad N° 3.573215, soltero, de ocupación u oficio comerciante, de 59 años de edad, hijo de Yolanda Pino (v) y Elio González (f), natural de Caracas Distrito Capital, nacido en fecha 18-09-1950, residenciado en Barrio Vista Hermosa, Calle Principal, Casa N° 116, a cincuenta metros de la Licorería Maral, Barinas Estado Barinas, a cumplir la pena de DOCE (12) AÑOS DE PRESIDIO, por la comisión del delito de: HOMICIDO INTENCIONAL SIMPLE previsto y sancionado en el artículo 405 del Código Penal Venezolano cometido en perjuicio del ciudadano Jorge Alirio Rojas. SEGUNDO: Se exonera del pago de costas al Estado Venezolano, de conformidad al artículo 26 de la CRBV, por cuanto fue en el debate contradictorio .....