DISPOSITIVA
En virtud de lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Juicio Mixto N° 1, por decisión unánime de todos sus miembros, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, PRIMERO: ABSUELVE a los acusados ROJAS GIL WILDER JOSUE, venezolano, natural de San Rafael de Canagua, Estado Barinas, de 29 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 12.554.317, comerciante, hijo de Cesar Antonio Rojas, y Rut de Gil, residenciado en el Barrio Independencia III, calle "Los Proceres", casa N° 117, Barinas Estado Barinas y YUNES JEAN MANZOUR VELASQUEZ, venezolano, natural de San Félix, Estado Bolívar, de 41 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 8.937.597, comerciante, hijo de Juan Manzour y Anais Velásquez, residenciado en la Urbanización Francisco de Miranda, al lado del Restaurat la Pirámide, por la farmacia Carin, Barinas Estado Barinas, por la presunta comisión de los delitos de HURTO CALIFICADO, previsto y sanc.....