DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, este Tribunal de Primera Instancia Penal en Funciones de Juicio N° 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA: MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD AL ACUSADO: JOSÉ GREGORIO PEDREROS CEFERINOS, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-17.377.629, soltero, de 21 años de edad, nacido el 26-03-86, natural de Barinas Estado Barinas, ocupación u oficio ayudante de mecánica, hijo de Teresa de Jesús Ceferino (f), y David Pedreros (v) residenciado en el Parcelamiento Hugo Chávez, a media cuadra de la casa modelo de la ciudad de Barinas y actualmente recluido en el Internado Judicial del Estado Barinas; por la comisión del delito de: PORTE ILICTO DE ARMAS DE FUEGO, previsto y sancionado el artículo 277 del Código Penal Venezolano Vigente; de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 256,.....