DISPOSITIVA
En virtud de lo anteriormente expuesto, este Tribunal Unipersonal de Primera Instancia en Función de Juicio Nº 01, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley; Declara: PRIMERO: Absuelve: al Ciudadano JOHAN JOSE GONZALEZ CORDERO, titular de la Cédula de identidad N° V- 15.977.118, nacido el 13-09-83, con domicilio en Barrio 12 de Octubre calle Vargas casa N° 803, Valencia Estado Carabobo, ocupación operador de lanchas deportivas en el Estado Falcón teléfono 0416-1739261, 0426 8490830, nombre de sus padres Gustavo González Gutiérrez (V) y su madre Zuleyma Yolanda Cordero (V), de la comisión del delito de: ROBO ARREBATON EN GRADO COMPLICIDAD, previsto y sancionado en el Art. 458 en su ultimo aparte en concordancia con el Art. 84 Ord. 1° del Código Penal, venezolano vigente para el momento en que ocurrieron los hechos, actualmente previsto en el Art. 456 del código penal vigente.- SEGUNDO: Cesa toda medida de coerción.....