este Juzgado Segundo del Municipio Barinas de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA INADMISIBLE, la solicitud OFERTA REAL DE PAGO, formulada por el ciudadano CIRO FRANCISCO TOLEDO, titular de la Cédula de Identidad Nº 4.258.289, en su carácter de oferente a favor del ciudadano ATEF NEMER HIRCHEDD, en representación de la Sociedad Mercantil INVERSIONES EL DORADO C.A., en su condición de oferido.