ADMINISTRANDO Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA que en la demanda por ESTIMACIÓN E INTIMACIÓN DE HONORARIOS PROFESIONALES incoada por el abogado: Gerardo Uzcátegui Tazzo, supra identificado en contra del ciudadano: Manuel Edgardo Mansilla, igualmente identificado, la parte intimada debe pagarle al intimante la cantidad de UN MILLÓN DOSCIENTOS MIL BOLÍVARES (Bs. 1.200.000,00) por concepto de Honorarios Profesionales generados por vencimiento total en la demanda del Juicio Principal de Reconocimiento de Firma.