Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Juzgado Segundo del Municipio Barinas, de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la Oposición formulada por el Víctor José Palencia García, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 4.930.342, asistido por el abogado en ejercicio William Enrique Cuevas Rodríguez, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nª 55.722.
SEGUNDO: En consecuencia, ratifica la medida cautelar de secuestro, sobre el vehículo de las siguientes características: CLASE: AUTOBUS, MARCA: ENCAVA, MODELO 3100-A, AÑO: 1998, COLOR: BLANCO Y MULTICOLOR, SERIAL DEL MOTOR: 45606769, SERIAL DE CARROCERIA: E2231, PLACA: AA3884, TIPO COLECTIVO, USO: TRANSPORTE PUBLICO.