DISPOSITIVA
En vista de los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Segundo de Municipio Barinas de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la cuestión previa por defecto de forma de la demanda, Se advierte a las partes que la contestación de la demanda tendrá lugar dentro de los cinco días de despacho siguientes.
SEUNDO: Se condena a la demandada al pago de las costas de la incidencia.
Publíquese, regístrese, comuníquese y déjese copia certificada de la misma para el archivo de este Tribunal.-