Con relación a los hechos descritos en la narrativa y con fundamento en las motivaciones que anteceden y disposiciones legales citadas, este Juzgado Segundo de Municipio Barinas de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, ADMINISTRANDO Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda de COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES incoada por la ciudadana: ISAURA CRESPO DE JARAMILLO, anteriormente identificada en contra de la Empresa REMAVENCA C.A., igualmente identificada, en consecuencia se condena a la empresa demandada a pagarle a la trabajadora demandante lo siguiente:
PRIMERO: DOS MILLONES QUINIENTOS NOVENTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS TREINTA Y CUATRO BOLÍVARES (Bs. 2.597.334,00), por concepto de diferencia de prestaciones sociales.