este JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO BARINAS DE LA CIRCUSNCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA PARCIAMENTE CON LUGAR la demanda de CUMPLIMIENTO DE PRORROGA LEGAL ARRENDATICIA, incoada por la ciudadana LAURENTINA MARTIN PEREZ, identificada supra, en contra el ciudadano JUAN CARLOS ORTA DIAZ, igualmente identificado, en consecuencia:
PRIMERO: Se condena al ciudadano JUAN CARLOS ORTA DIAZ, a la desocupación inmediata del inmueble que ocupa en calidad de Arrendatario, constituido en un inmueble, local comercial de su propiedad, ubicado en la carretera nacional vía San Cristóbal, frente a la estación de servicio la entrada, de esta ciudad de Barinas, y hacer entrega del mismo a la ciudadana LAURENTINA MARTIN PEREZ
SEGUNDO: Por cuanto la presente sentencia se dicta dentro del lapso legal de diferimiento, no es necesario notificar a las partes.