En mérito de las razones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este JUZGADO SEGUNDO DEL MUNICIPIO BARINAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en los artículos 12, 243 del Código de Procedimiento Civil y 185-A del Código Civil Vigente, DECLARA CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO, presentada por los ciudadanos: CARLOS ALFREDO BALDAYO NIEVES y REINA DEL CARMEN CALLES DE BALDAYO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros V¿12.552.785 y V-12.205.089, respectivamente, asistidos por el abogado en ejercicio CARLOS RAMON MOTA SALAS, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 154.872; en consecuencia, declara disuelto el vínculo matrimonial que los une en virtud del matrimonio por ellos, celebrado en fecha 16/11/1994, por ante la Prefectura de la Parroquia Catedral del Municipio Barinas del estado Barinas, segú.....