este Juzgado Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA la SEPARACIÓN DE CUERPOS Y DE BIENES de dichos cónyuges, en los términos expuestos y convenidos por las partes en la presente solicitud, las cuales son del tenor siguiente: PRIMERO: La suspensión de la vida en común de los cónyuges solicitantes, fijando cada uno de ellos el domicilio en el lugar que lo deseen; SEGUNDO: Los cónyuges declararon que entre los bienes adquiridos en la unión matrimonial se encuentran: un inmueble ubicado en la urbanización Llano Alto (Segunda Etapa), Manzana 2, parcela Nº D-02-D, de esta ciudad de Barinas, segùn se evidencia en documento protocolizado por ante la Oficina de Registro Inmobiliario del Municipio Barinas estado Barinas; bajo el Nº 44, folios 242 al 246, Protocolo Primero, Tomo Veintinueve (29), Principal y Duplicado, Tercer Trimestre del año 2007, de fecha 26 septiembre del año 2007; en consecuencia, el ciudadano ALEX MANUEL.....