este JUZGADO SEGUNDO DEL MUNICIPIO BARINAS DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, con fundamento en el trascrito y citado artículo, declara CON LUGAR la presente Solicitud Rectificación de Partida de Nacimiento, por tratarse sólo de trascripción errónea del apellido de la solicitante ciudadana LUCIA GABRIELA RUGGIERO FREITEZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° 17.291.330, asistida por su Abogado: ADELIS ALBERTO PAREDES ANGARITA, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 117.745. En consecuencia, se ORDENA a la Primera Autoridad Civil de la Prefectura de la Parroquia la Catedral del Municipio Barinas del estado Barinas y al Registro Principal del Estado Barinas estampar nota marginal en el libro donde se registró el acta de la Partida de Nacimiento signada con el N° 236, inserta en el Libro de Registro Civil de Nacimientos correspo.....