este Juzgado Segundo del Municipio Barinas de la Circunscripción Judicial del estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, resuelve: de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y al principio constitucional de tutela judicial efectiva contenido en el artículo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela; Declarar bastantes y suficientes las probanzas evacuadas para asegurarle a la ciudadana TAHINA ELISA GONZALEZ NAVA, venezolana, mayor de edad, soltero, Abogada, titular de la cédula de identidad N° 15.850.765 e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 124.122, de este domicilio, en su condición de Apoderada Judicial del INSTITUTO NACIONAL DEL MENOR, según consta en poder debidamente autenticado por ante la Notaría Pública Vigésima Tercera del Municipio Libertador del Distrito capital, anotado bajo el Nº 50, Tomo 73, de fecha 22-07-2.009, de los libros res.....