En virtud de las razones fácticas y de Derecho expuestas, este JUZGADO SEGUNDO DEL MUNICIPIO BARINAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la presente solicitud de Conversión en Divorcio de los ciudadanos JAIME FREDDY DOMÍNGUEZ DE LAS SALAS Y SUHEY MARIA NIÑO DE DOMINGUEZ, colombiano y venezolana, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad y Pasaporte Nros. E- 72.204.900 y V-14.018.260, respectivamente; en consecuencia, declara DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL QUE LOS UNE, el cual contrajeron ante la Alcaldía del Municipio Bolivariano Libertador del Distrito Capital de la Parroquia Antimano, en fecha 09/05/2009, tal como se evidencia del acta de matrimonio N° 38. Queda disuelta la comunidad conyugal.
Publíquese, Regístrese y expídanse las copias de Ley.
Dada, sellada y firmada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo del Municipio Ba.....