En merito de las consideraciones antes expuestas y con fundamento en las motivaciones precedente y de las disposiciones legales citada, este Juzgado Segundo Del Municipio Barinas de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA SIN LUGAR, la demanda de DESALOJO, incoada por la ciudadana SAIDE EMILSE GUERRERO DE CHACON, actuando en nombre y representación de la ciudadana JULIA DEL CARMEN MORA PEREIRA, debidamente asistida por el abogado MARCO AURELIO GARCIA RAMIREZ, suficientemente identificadas en autos, contra la ciudadana TAIS RAMOS MORALES, representada su apoderado judicial ANA GABRIELA GUEDEZ MITTILO, identificados en autos, en consecuencia:
PRIMERO: Por cuanto la presente sentencia se dicta dentro del lapso legal establecido, no es necesario notificar a las partes.
SEGUNDO: Se Condena a la parte actora perdidosa a pagar las costas, de conformidad con lo preceptuado en.....