En mérito de las razones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este JUZGADO SEGUNDO DEL MUNICIPIO BARINAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en los artículos 12, 243 del Código de Procedimiento Civil y 185-A del Código Civil Vigente, DECLARA CON LUGAR la solicitud de separación de cuerpos posteriormente conversión en Divorcio, presentada por los ciudadanos: JHOAN ARCÁNGEL PEREZ GONZALEZ Y ESCARLET NAIRETH MENDEZ LEON, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V–18.907.346 y V-20.406.074, respectivamente; asistidos por el Abogado en ejercicio, ADELIS ALBERTO PAREDES, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 117.745; en consecuencia, declara disuelto el vínculo matrimonial que los une en virtud del matrimonio civil celebrado por ellos según Acta de Matrimonio Civil Nº 789, el cual contrajeron por an.....