DECISIÓN
Con base a los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Juzgado Segundo del Municipio Barinas, de la Circunscripción Judicial del estado Barinas, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: INCOMPETENTE POR EL TERRITORIO, para conocer de la presente demanda de Cobro de Bolívares por Intimación, intentado por la Abogada en ejercicio NIDIA CELINA PEREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 9.990.105, de este domicilio, Abogada en ejercicio, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 153.653; contra el ciudadano JOSE ANGEL MARTINEZ CABALLERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 7.247.697, domiciliado en la Torre Empresarial Safar, planta baja, Nº 1, Avenida Principal de las delicias, Maracay estado Aragua; todo en atención a la garantía constitucional, según la cual, nadie puede ser juzgado sino por sus jueces natura.....