este JUZGADO SEGUNDO DEL MUNICIPIO BARINAS DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara HOMOLOGADA LA TRANSACCION JUDICIAL presentada en fecha 17 de octubre de 2006, por el ciudadano SIXTO COROMOTO BARRIOS BARRIOS, parte demandada, con la asistencia antes referida, y la Abogada en ejercicio OLIVA MOLINA ROMERO, con el carácter de co-apoderada judicial de la parte actora; en consecuencia, téngase la mencionada transacción judicial como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada