En merito de las consideraciones antes expuestas y con fundamento en las motivaciones precedente y de las disposiciones legales citada, este Juzgado Segundo del Municipio Barinas de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA INADMISIBLE, la demanda de DESALOJO por VENCIMIENTO DE LA PRORROGA LEGAL, incoada por la ciudadana YADIRA ELENA MATHEUS VALERO, titular de la cédula de identidad Nº 9.383.938, en representación de su apoderado judicial ALEXANDER TORREALBA R., suficientemente identificados supra, contra el ciudadano VISTOR MANUEL PORTILLA VILLARREAL, titular de la cédula de identidad Nº 20.964.045, debidamente asistido por la abogada LILIANA PATRICIA BUELVAS AVILA, anteriormente identificada, en consecuencia:
PRIMERO: Por cuanto la presente sentencia se dicta fuera del lapso legal se hace necesario notificar a las partes.
SEGUNDO: Se Condena a la parte demandante perdi.....