En mérito de las anteriores exposiciones de los hechos y del derecho, este Juzgado Segundo del Municipio Barinas de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SE DECLARA LA CONFESIÓN FICTA de la parte demandada, RUBEN SANTIAGO, ya identificado, en la causa incoada en su contra por Daños y Perjuicios por accidente de tránsito.
SEGUNDO: CON LUGAR LA DEMANDA, interpuesta por el ciudadano LUIS ENRIQUE MESA RUBIO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 3.778.196, de este domicilio, Abogado en ejercicio, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 13.444, actuando como Apoderado Judicial de la ciudadana LLUVIA DEL MAR ANGARITA SEPÚLVEDA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 16.514.103, domiciliada en esta ciudad; poder debidamente autenticado ante la Notaria Publica Segunda del estado Barinas, que dando anotado bajo.....