En orden a los hechos descritos en la narrativa y con fundamento en las motivaciones precedentes, este Juzgado Segundo del Municipio Barinas de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la demanda de COBRO DE BOLIVARES POR INTIMACION, intentada por ciudadano EDUARDO JOSE SANTAN, actuando con el carácter de presidente de la sociedad mercantil SERVICIOS DE AMBULANCIA INTEGARL C.A. (S.A.I.C.A), debidamente asistido por su apoderado judicial abogado ANDRES ALBARRAN RIVAS, anteriormente identificado, contra la Empresa Mercantil INVERSIONES RIVAS MOLINA C.A., representada por el presidente ciudadano JOSE RAFAEL RIVAS BELLYS, suficientemente identificado en autos, y como consecuencia de ello se condena a pagar a la parte accionada la siguiente cantidad:
PRIMERO: La cantidad de DOSCIENTOS SIETE MIL DOSCIENTOS BOLIVARES (Bs. 207.200,00), por concepto de capital adeuda.....