Por todo lo expuestos, este Tribunal de Primera Instancia de Responsabilidad Penal de Adolescente, en función de Control N° 02, administrando justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECRETA: UNICO: De conformidad con lo previsto en el artículo 566 de la Ley Orgánica para la protección del Niño y del Adolescente, SE HOMOLOGA el acuerdo conciliatorio y se Decreta la Suspensión del Proceso a Prueba en la presente causa seguida al adolescente IDENTIDAD OMITIDA CONFORME A LA LEY; por encontrarse incurso en la comisión del delito de VIOLENCIA FISICA Y AMENAZAS, previsto en los artículos 41 y 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana IDENTIDAD OMITIDA CONFORME A LA LEY. Se suspende el proceso a prueba por el lapso de sesenta (60) días, contados a partir de la presente fecha hasta el día jueves, 01 de Enero de 2010, de conformidad la artículo 565 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del A.....