DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Segundo de Control de la Sección de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, RESUELVE: Se admiten: la acusación y las pruebas del Ministerio Público ASÍ COMO LA ADMISIÓN DE LOS HECHOS, en cargo de los acusados y los alegatos de la Defensa en su descargo; Se decreta la ACUMULACIÖN de las causas 1C-1040-04 y 2C-1036-4, seguidas al adolescente Edinson Polacre Patiño y SE DECLARAN RESPONSABLES a los adolescentes: LUIS AUGUSTO BUENO MORENO, venezolano, de 15 años de edad, nacido en fecha 12-05-89, titular de la cédula de identidad N° V-18.772.356, residenciado en el Barrio Corocito, Avenida 01 con calle 01, casa Nº 48-04 de esta Ciudad de Barinas, y EDINSON ERIC POLACRE PATIÑO, venezolano, de 14 años de edad, titular de la cédula de identidad NC. V-19.349.150, natural de Barinas, nac.....