DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos éste Juzgado Segundo de Control de la Sección de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO, de la presente causa seguida al adolescente identidad omitida conforme a la ley , y donde aparece señalada como víctima el ciudadano WU WANG JUAN JIANNUA, de conformidad con lo establecido en el artículo 561, Literal “e”, de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Notifíquese a la partes de la presente decisión y una vez cumplidas todas las notificaciones remítase al Archivo Judicial.