DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto, Este Juzgado Segundo de Control de la Sección de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, Resuelve: Se admite la acusación y las pruebas del Ministerio Público en cargo del acusado, se homologa la admisión de los hechos por el acusado, se admiten los alegatos de la Defensa en su descargo y se declara responsable al adolescente: IDENTIDAD OMITIDA CONFORME A LA LEY; por la comisión del delito de VIOLACION EN GRADO DE TENTATIVA, previsto en el encabezamiento del artículo 375 en relación con el primer aparte del articulo 80 ambos del Código Penal Venezolano vigente, en perjuicio de la ciudadana Lorena Elizabeth Pérez y por cuanto del conjunto de circunstancias y elementos de pruebas que conjugadas constituyen indicios suficientes precisos y concordantes, en contra del acusado, se sanciona con la med.....