DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Segundo en funciones de Control de la Sección de Responsabilidad Penal del Adolescente del Circuito Judicial Penal, del Estado Barinas, Administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA PRIMERO: De una revisión exhaustiva de la presente causa se pudo observar que se encuentra inserta en el folio Nº (91) de la presente causa la declaración de la victima ciudadana Rebeca Daniela Duran Carrasco, quien manifestó " Bueno como yo mencione se me extravió el teléfono en la peluquería mas o menos como el doce mi hermana me presto el teléfono y llamamos al teléfono de mi mamá, me contestó una persona y me dijo que se había encontrado el teléfono, me dirigí a la policial para denunciar el robo de mi teléfono ya que estaban pidiendo 150 Bs. f por la entrega del teléfono ,yo le había ofrecido como especie de una recompensa al que habló conmigo, pero no le dije cantidad, después .....