Este Tribunal de Primera Instancia en Función de Control N ° 02 de la Sección de Responsabilidad Penal de Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley pasa a decidir de la siguiente manera: DECRETA: PRIMERO: Se Califica como flagrante la aprehensión del adolescente IDENTIDAD OMITIDA CONFORME A LA LEY; por la presunta comisión del delito de ROBO AGRAVADO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR EN GRADO DE FRUSTRACIÓN previsto en el artículo 5 en relación con el articulo 6 numeral 1,2 , 3 y 10 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículo Automotor en relación con el artículos 80, 2do aparte del Código Penal Venezolano vigente, en perjuicio del Ciudadano Antonio Herrera, SEGUNDO: SE ACUERDA CONCEDER MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD (FIANZA), prevista en los literales “c” y “g” del artículo 582 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolesce.....