SUSPENDER EL PROCESO A PRUEBA bajo los siguientes términos: SE HOMOLOGA el acuerdo conciliatorio, y se DECRETA la Suspensión del Proceso a prueba en la presente causa penal seguida en contra de los adolescentes acusados: IDENTIDADES OMITIDAS CONFORME A LA LEY; por la comisión del delito de: HURTO CALIFICADO EN GRADO DE COAUTORIA y EXTORSION, previsto en los artículos 453, ordinal 9°, en relación con el encabezamiento del artículo 83 y 459, todos del Código Penal venezolano vigente respectivamente, en perjuicio de la ciudadana MARBELIS ROCIO SILVA GONZALEZ, a quienes el Ministerio Público solicitó como posible sanción las Medidas de Libertad Asistida y la Imposición de Reglas de Conducta previstas en los artículos 624 y 626 de la Ley Orgánica Para la Protección del niño y del Adolescente por el lapso de dos (02) años, según consta en la eventual acusación presentada, cursante del folio 98 al 100 y vuelto, la cual se admite totalmente por considerar que la misma llena los requisitos d.....