Por todos los razonamientos anteriormente expuestos éste Juzgado Segundo de Control del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO DE LA CAUSA, de las actuaciones seguidas al (la) adolescente JHONATHAN JUAN PÉREZ GONZÁLEZ, de 16 años de edad (época del hecho), natural de Barinas, Estado Barinas, nacido en fecha 17/06/1986, residenciado (a) en el Barrio ¿Primero de Diciembre¿, Segunda Etapa, Calle 03, Casa N° 314, de esta ciudad de Barinas, y donde aparece señalada como víctima el (la) adolescente (a) NORELIS DEL VALLE HERNÁNDEZ ALVAREZ, de conformidad con lo establecido en el artículo 562, de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Notifíquese a la partes de la presente decisión, y líbrese los conducente; una vez cumplidas dichas notificaciones, remítase al archivo de esta Sección Penal, en su oportunidad legal.