Por todas las razones de hecho y de derecho antes expuestas este Juzgado Segundo de Control de la Sección de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas En Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con el articulo 579 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente; Admite en todas y cada una de sus partes la acusación Fiscal y ORDENA EL ENJUICIAMIENTO del adolescente ciudadano: IDENTIDAD OMITIDA CONFORME A LA LEY; por la comisión del delito de: VIOLACIÓN contemplado en el artículo 375 del Código Penal antes de la reforma, en perjuicio de la ciudadana: MARLY LISBETH GONZALEZ SILVA. Se decretan e impone al adolescente la medida cautelar prevista en el literal "c" del artículo 582 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente, que consiste: 1.- Presentarse cada quince (15) días ante la Oficina de Alguacilazgo de esta Sección Penal o cuando sea requerido por el Tribunal d.....