Por todo lo antes expuesto este Tribunal Segundo de Control de la Sección de Responsabilidad Penal de Adolescentes del Circuito Judicial del Estado Barinas ACUERDA: Homologar al adolescente Ut Supra identificado, la Medida Cautelar de Fianza Personal de conformidad con lo establecido en el artículo 582, literal "g", así mismo los literales "b", "c", "d", "e" y "f", de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, a favor del adolescente: IDENTIDAD OMITIDAD CONFORME A LA LEY, para lo cual se constituyen en Fiadores Personales, los ciudadanos; Melitza Coromoto Torres Moreno, titular de la cédula de identidad N° V- 16.791.690 y David Leonardo Moreno Montilla, titular de la cédula de identidad N° V- 12.836.981, quienes se comprometen ante el Tribunal de velar que el adolescente; IDENTIDAD OMITIDAD CONFORME A LA LEY, ut supra identificado, cumpla cabalmente las normas impuesta, así mismo se les indicó a los fiadores las obligaciones contraídas para con el tribunal como .....