PRIMERO: Declara SIN LUGAR la Apelación interpuesta los abogados JULIO PERAZA PARTIDAS, JENNY PERAZA LANDER Y ULISES CARRERA ARAUJO, en su carácter de defensores del acusado RAMON YANEZ SAAVEDRA. SEGUNDO: CONFIRMA la sentencia condenatoria dictada por el Tribunal de Primera Instancia en funciones de Juicio N° 06, de este Circuito Judicial, en fecha 14 de octubre de 2004, mediante la cual condenó al acusado a cumplir la pena de VEINTICINCO (25) años de presidio por encontrarlo culpable de la comisión del delito de Homicidio Calificado, previsto y sancionado en el artículo 408 ordinal 3°, literal a, del Código Penal.