DECLARA INADMISIBLE la acción de amparo constitucional ejercida por la sociedad de comercio MONTAJES, INSTALACIONES Y MANTENIMIENTO, C.A. (MIN, CA), mediante su representante legal Abogada Edith Aponte, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 41.696 y el acusado Jairo Lara Pacheco, cédula de identidad N°7.105.464, asistido por la misma profesional del derecho, en contra de la Juez de Quinta de Juicio de este Circuito Judicial Penal, Lila Valera de Sequera; conforme a lo dispuesto en el artículo 6 ordinal 5° de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, por no haber hecho uso, los quejosos del mecanismo procesal preexistente para garantizar sus derechos, constituido por el recurso de apelación de autos.