esta Sala N° 1 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: HOMOLOGA el DESISTIMIENTO de la presente acción de amparo constitucional; SEGUNDO: Declara DESISTIDA la ACCIÓN DE AMPARO CONSTITUCIONAL, presentada por el ciudadano Gregorio Saldarriaga Marquez, en su condición de hermano del imputado Ronald Antonio Saldarriaga Marquez, contra el Juez de Primera Instancia en función de Control N° 11 de este Circuito Judicial Penal, por situación presentada en la causa signada con el N° GP01-P-2013-003748, de conformidad con lo previsto en el artículo 25 de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales.