Declara Con lugar en los términos expuestos en la motiva de la presente decisión, el recurso de Apelación propuesto por el Abogado Bernardo Álvarez, Castillo, en su condición de defensor del Ciudadano: Leonel Guevara Bastidas, contra el fallo dictado por la Jueza Nro. 2 en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, en fecha 16 de septiembre del 2005, se anula la decisión recurrida y se ordena la celebración de un nuevo juicio, ante un Juez distinto de este circuito Judicial penal, con prescindencia del vicio establecido, conforme a lo dispuesto en el artículo 457 del Código Organico Procesal Penal.