DECLARA SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por la Defensora Pública abogada Zeneida Colina, en contra del auto de fecha 18-02-2010, dictado por el Juez Temporal Octavo en Funciones de Control de la Circunscripción Judicial de Estado Carabobo Abg. Gustavo Guevara Morales, que decretó la Privativa de libertad en contra de los ciudadanos: JOSÉ LUIS VERASTEGUI GUTIERREZ y EDGAR RAFAEL CORTEZ, por el delito de TRAFICO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS EN LA MODALIDAD DE DISTRIBUCIÓN Y PREPARACIÓN; previsto y sancionado en los artículos 31 Segundo Aparte y´ 32 con la circunstancia agravante contenida en el artículo 46 ordinal 5° de la Ley Orgánica Contra el Trafico Ilícito y Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, y SE CONFIRMA la Decisión Recurrida.