PRIMERO: DECLARA CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado Bernardo Alonso Álvarez Castillo en su condición de Defensor del imputado NESTOR ENRIQUE RAMÍREZ SAMPALLO, en contra de la decisión dictada en fecha 24-05-2005, por el Tribunal Undécimo de Control.
SEGUNDO: REVOCA la decisión judicial objeto de la apelación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 250 sexto aparte, del Código Orgánico Procesal Penal, por la falta de presentación de la acusación en el plazo legal.
TERCERO: DECRETA LA SUSTITUCIÓN DE LA PRIVACIÓN DE LIBERTAD por medidas menos gravosas contempladas en el artículo 256 ordinales 3°, 4° y 8° del Código Orgánico Procesal Penal, descritas ut supra y cuyo cumplimiento deberá hacerse efectivo por el Juez a quo, en la forma establecida en este fallo.