Declara PRIMERO: CON LUGAR el recurso de Apelación planteado por el profesional del derecho GIUSSEPE NOE, en su condición de representante del Ministerio Publico, contra la decisión dictada por el Tribunal Undécimo de Control de este Circuito Judicial Penal, en fecha 21 de marzo de 2017, en razón de la Libertad Plena decretada en Audiencia Especial de Presentación, SEGUNDO: De conformidad a los artículos 157 y 175 de la Ley adjetiva penal vigente, ANULA la decisión dictada en fecha 21 de Marzo de 2017 la cual fue objeto de recurso en esa misma fecha, cuyo pronunciamiento fue emitido por el Juez Undécimo de Primera Instancia en Función de Control de esta Circunscripción Judicial del estado Carabobo. TERCERO: De conformidad al artículo 179 de la Ley adjetiva penal vigente, se declara la nulidad de la audiencia de fecha 21 de Marzo de 2017, CUARTO: se ORDENA que un Tribunal distinto que conozca la causa, fije inmediatamente al recibo del presente asunto, la oportunidad para la realiza.....