En fuerza de las consideraciones precedentes, esta Sala Primera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, pasa a emitir con el voto salvado de la Juez N° 3, María Arellano Belandria, los siguientes pronunciamientos:
Primero: Declara CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado Wilmer David Barreto Vizcarrondo, contra el auto dictado el fecha 6 de marzo de 2004, por la Juez Quinta de Primera Instancia en Funciones de Control de este mismo Circuito Judicial Penal.
Segundo: REVOCA la Medida Privativa Judicial Preventiva de Libertad que mediante el citado auto de fecha 6 de marzo de 2004, el Juzgado A quo impuso al imputado LUIS ALBERTO SOTO, y en consecuencia se ordena su libertad inmediata
Tercero: ACUERDA proseguir la presente investigación. Líbrese la correspondiente bo.....