DECISIÓN
En fuerza de los razonamientos precedentemente expuestos, esta Sala Primera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, pasa a emitir los siguientes pronunciamiento: PRIMERO: declara CON LUGAR el recurso de apelación, interpuesto por el ciudadano JONNY GREGORIO BORGES SALAS, contra la decisión dictada por la Juez de Control N° 8 de este Circuito Judicial Penal de fecha 23 de julio de 2004, que negó la entrega del vehículo identificado en autos solicitado por el prenombrado apelante. SEGUNDO: Revoca la sentencia apelada. TERCERO : Se ordena la entrega del vehículo Marca Daewoo; Modelo Cielo, Año 2000, Color Blanco, Placas DJ251T, Serial de Carrocería KLAT19Y1YB26402, Serial de Motor G15MF8000846, al premencionado reclamante en su condición de poseedor legítimo para ser usado por éste bajo los términos y en las condiciones impuestas en este fallo.....