PRIMERO: Declara CON LUGAR la Apelación interpuesta por el abogado ALBERTO JOSE GARCÍA SILVA, defensor de los ciudadanos AMILCAR JOSE GOMEZ ROMERO Y CARLOS ANTONIO QUERALES ROMERO. SEGUNDO: ANULA la decisión dictada en la audiencia oral celebrada el 27 de marzo de 2005, por el tribunal de Control N° 6, en la causa principal N° GP01-P-2005-000787, mediante la cual les decretó medida judicial preventiva de privación de la libertad, de conformidad con lo establecido en el artículo 250 y 251 ordinales 2 y 3, del Código Orgánico Procesal Penal, quedando el Ministerio Público en el ejercicio pleno de sus facultades de investigación de los hechos imputados con los elementos recabados desde el inicio de la misma para producir el acto conclusivo que corresponda un vez concluida dicha investigación, pudiendo solicitar las medidas que estime necesarias cuando estén llenos los extremos legales para ello. TERCERO: Como consecuencia de la nulidad decretada se ordena la libertad inmediata de lo.....