En consecuencia, esta Sala Nº 01 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara ADMITIDO el presente recurso de apelación interpuesto por los ciudadanos abogados Nefertis Barcenas y José Rivero, en su carácter de defensores privados de la ciudadana Gladys Josefina Riera Uribe, en contra de la decisión dictada en fecha 03 de noviembre de 2016 y publicado el auto motivado en fecha 19 de mayo de 2017, por el Tribunal Tercero de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del estado Carabobo - extensión Puerto Cabello, en el asunto principal Nº GP11-P-2016-001104, mediante el cual decreto medida judicial privativa de libertad a la prenombrada imputada, por la presunta comisión de los delitos de: ASALTO A EMBARCACIÓN, previsto y sancionado en el artículo 357 del Código Penal y ASOCIACIÓN PARA DELINQUIR, previsto y sancionado en el a.....